En caso de que se quiera trasladar el cuerpo de una persona fallecida a la República, este Consulado General podrá otorgar un certificado ("Nulla Osta") que permita dicho traslado, por medio del siguiente procedimiento:
- Presentar Certificado de Defunción original otorgado por el “Comune” correspondiente en formulario plurilingüe apostillado.- Presentar el D.N.I original de la persona fallecida, que será retenido en este Consulado.
-Presentar certificado médico que de cuenta de la causa de defunción.
- Presentar el pasaporte original de la persona fallecida, que será retenido en este Consulado.
- Presentar fotocopia del DNI y/o PASAPORTE de quien solicita el traslado del cuerpo
- Presentar nota suscripta por quien solicite el traslado del cuerpo donde se mencionen la dirección y el teléfono de la funeraria y/o de la persona que se encargará del transporte y donde se mencione el nombre del cementerio donde será sepultada la persona fallecida.
- Presentar Certificado de preparación del cuerpo expedido por la funeraria interviniente.
- Abonar el arancel consular de 40.00 (CUARENTA) Euros.