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"Nulla Osta" para el traslado de cuerpo

En caso de que se quiera trasladar el cuerpo de una persona fallecida a la República, este Consulado General podrá otorgar un certificado ("Nulla Osta") que permita dicho traslado, por medio del siguiente procedimiento:

- Presentar Certificado de Defunción original otorgado por el “Comune” correspondiente en formulario plurilingüe apostillado.- Presentar el D.N.I original de la persona fallecida, que será retenido en este Consulado.

-Presentar certificado médico que de cuenta de la causa de defunción.

- Presentar el pasaporte original de la persona fallecida, que será retenido en este Consulado.

- Presentar fotocopia del DNI y/o PASAPORTE de quien solicita el traslado del cuerpo

- Presentar nota suscripta por quien solicite el traslado del cuerpo donde se mencionen la dirección y el teléfono de la funeraria y/o de la persona que se encargará del transporte y donde se mencione el nombre del cementerio donde será sepultada la persona fallecida.

- Presentar Certificado de preparación del cuerpo expedido por la funeraria interviniente.

- Abonar el arancel consular de 40.00 (CUARENTA) Euros.

 

 

Fecha de actualización: 02/05/2022