I. CERTIFICADOS DE ORIGEN
1. El documento debe estar firmado y sellado por una cámara de comercio italiana que se encuentre dentro de la jurisdicción de este Consulado General. Deberá ser presentado el documento original dentro de un año de su expedición para la legalización consular .
2. La firma de la persona autorizante debe estar registrada en este Consulado General. Si no estuviera registrada, debe incluirse una nota de la correspondiente cámara de comercio en la cual conste el sello con la aclaración del nombre del firmante.
3. Si se trata de mercaderías originadas en terceros países (no Italia), en el reverso del certificado de origen con el cual las mercaderias hayan sido exportadas desde el pais de origen (por ejemplo China) a Italia, el exportador italiano de la mercadería con destino a la República Argentina -quién debe ser el comprador de dicha mercadería al país de origen- deberá indicar, con carácter de declaración jurada, los siguientes datos:
a) Importador en la República Argentina
b) Fecha y número de la factura comercial por la cual, el exportador hacia la República Argentina compra la mercadería a un proveedor del país de origen de la misma.
c) Cantidad del total de la mercadería que se reexporta a la República Argentina consignada en el certificado.
¡IMPORTANTE!: con relación al plazo de vigencia del documento, se informa que se computará la vigencia del certificado de origen en cualquiera de las versiones (original, copia, duplicado, triplicado, etc.) que se presente, en 180 días desde la fecha de intervención del Consulado Argentino en el país de procedencia, siempre y cuando se trate de documentos emitidos hasta 365 dias de la fecha de dicha intervención. No se puede efectuar intervencion consular alguna sobre certificados de origen que hayan superado los 365 dias desde el momento de su expedicion.
II. CERTIFICADO DE REACONDICIONAMIENTO, GARANTIA, FACTURAS COMERCIALES/LISTA DE PRECIOS
Este Consulado General podrá legalizar estos documentos, que deben estar previamente firmados y sellados por la cámara de comercio itaiana localizada en su jurisdicción
III. PROCEDIMIENTO
1. Solicitar un turno por correo electrónico: croma@mrecic.gov.ar
2. Presentar la documentación original
3. Abonar el arancel de legalización de 200 (DOSCIENTOS) euros en efectivo
La legalización y/o el visto consular se procesan dentro de los 2 días hábiles de presentado/s el/los documento/s.
*NOTA: Este Consulado General no se hace responsable por demoras o pérdidas en caso de haber enviado la documentación por correo o courier.