La certificación de firma no constituye un poder, ni puede realizarse en un poder.
La certitificación de firma generalmente se realiza en contratos, autorizaciones para percibir haberes jubilatorios, transferencias de vehículos registrados en Argentina, y declaraciones, y consiste en un sello y firma del documento por el Consulado para confirmar que el mismo ha sido firmado por la persona en presencia del Cónsul.
La certificación de firma no da fe del contenido del documento ni de la veracidad de las manifestaciones del firmante.
Requisitos:
* El interesado debe concurrir personalmente a este Consulado General para firmar el documento en presencia del Cónsul.
(1) Presentar el contrato, formulario o declaración jurada original (sin firmar, ya que deberá hacerlo en presencia del Cónsul).
(2) Presentar el DNI / Libreta Cívica / Libreta de Enrolamiento o pasaporte del firmante.
(3) Abonar el arancel consular de 60 (SESENTA) Euros por firma a certificar.
La recepción de trámites por ventanilla es de lunes a viernes de 8:30 a 13:00 horas, excepto los días feriados argentinos e italianos. Generalmente, el trámite se procesa y está listo para ser retirado al día siguiente.