VISAS: INFORMACIÓN Y GESTIÓN
I.- VISAS: INFORMACIÓN GENERAL
II.- INFORMACIÓN PARA TRAMITAR UNA VISA EN ESTE CONSULADO
III.- TIPOS DE VISAS
III.1.- VISAS DE TURISMO DE HASTA TRES MESES
III.2.- OTRAS VISAS
IV.- VISA DE ESTUDIOS – TIE 24 H
IV.1- TIE 24 H -TRAMITACIÓN DE INGRESO ELECTRÓNICA
IV.1.i.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
IV.1.ii- PROCEDIMIENTO
V.- CARTA DE INVITACIÓN (TAD)
VI.- AUTORIZACIÓN DE VIAJE ELECTRÓNICA (AVE)
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I.- VISAS: INFORMACIÓN GENERAL
Todo extranjero que desee viajar a la República Argentina deberá obtener la visa correspondiente. En algunos casos, existen convenios bilaterales de exención de visado para determinadas categorías migratorias.
Para obtener información acerca de las diferentes categorías migratorias y los requisitos correspondientes, ingrese por favor al siguiente enlace: VISAS
Mientras que una solicitud de visado para una residencia transitoria (por ejemplo, para turistas) puede realizarse ante cualquier Representación Consular de la República Argentina, las visas para residencias temporarias o permanentes de un extranjero en el país deberá ser realizado ante la Representación Consular correspondiente al domicilio del extranjero. Podrá conocer la Red Diplomática y Consular de la República Argentina en el siguiente enlace: REPRESENTACIONES ARGENTINAS
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II.- INFORMACIÓN PARA TRAMITAR UNA VISA EN ESTE CONSULADO
- Las visas se procesan únicamente con cita previa.
- Debe contactarse con una antelación mínima de 45 días de la fecha estimada de ingreso a la Argentina.
- Se recomienda no adquirir los pasajes hasta tanto la visa no haya sido otorgada.
PASOS A SEGUIR
Para aplicar para un visado argentino, o para efectuar consultas específicas que no puedan responderse con la información presente en esta página, y debido a la diversidad de tipos de visados existentes, le solicitamos que se contacte por correo electrónico a la siguiente dirección: visas.croma@mrecic.gov.ar
En dicha comunicación, resulta preciso que adelante la siguiente información:
a. Nombre y apellido completo del solicitante
b. Fecha de nacimiento
c. Nacionalidad
d. País que expidió su pasaporte
e. Lugar de residencia (ciudad/provincia/país)
f. Fecha de viaje prevista a la Argentina y tiempo de permanencia
g. Motivo de viaje (procure ser lo más específico posible)
h. Copia de pasaporte (de la hoja con datos)
i. Teléfono de contacto
El trámite de solicitud de visado es personal.
El día de la cita el solicitante deberá presentar toda la documentación requerida. Si la documentación está incompleta no se iniciará el trámite y deberá solicitar una nueva cita, la cual quedará sujeta a disponibilidad.
En caso de tener la documentación completa, tendrá una entrevista personal con el cónsul. A criterio del cónsul podrá requerirse documentación adicional con posterioridad a la entrevista.
El pago de la tasa consular se realiza el día de la cita en el Consulado, con tarjeta de crédito/débito, antes de realizar la entrevista consular; en caso de denegarse la visa, la tasa consular NO SE DEVOLVERÁ EN NINGÚN CASO.
Importante: no es necesario recurrir a los servicios de un gestor para ningún trámite que se realiza ante este Consulado General
ATENCIÓN: el Consulado argentino en Roma no tramita ni realiza gestiones de visados ante autoridades italianas o de cualquier otro país. Para ello debe dirigirse a las autoridades consulares y/o de Extranjería correspondientes.
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III.- TIPOS DE VISAS
Los distintos tipos de visas se listan a continuación:
III.1.- VISAS DE TURISMO DE HASTA TRES MESES
Los ciudadanos italianos, titulares de pasaportes ordinarios, no necesitan visa de turismo para ingresar a la Argentina por turismo o para el desarrollo de cualquier actividad no remunerada o de negocios, por un plazo máximo de NOVENTA (90) días.
Documentación necesaria para viajar:
- Pasaporte italiano válido (se aconseja una validez de por lo menos seis meses).
- Pasaje aéreo con fecha de entrada y salida de la República Argentina (MÁXIMO 90 DIÁS) prorrogables -en el país- por otro período similar ante las autoridades migratorias argentinas.
- Seguro de viaje internacional que garantice la asistencia sanitaria en casos de urgencia.
Si piensa viajar a la Argentina con un documento de viaje distinto al pasaporte ordinario (ej. documento de viaje, pasaporte de emergencia, pasaporte oficial o diplomático, etc.), por favor escriba previamente a: visas.croma@mrecic.gov.ar
OTRAS NACIONALIDADES:
Consulte el siguiente enlace para conocer si, en función de su nacionalidad, necesita tramitar visado con motivo de turismo: Turismo- Regimen de visas
III.2.- OTRAS VISAS
Es imprescindible tramitar un visado en los siguientes supuestos:
- Si viaja a Argentina por estudios.
- Si viaja a Argentina por trabajo.
- Si viaja a Argentina por negocios (excepto nacionales de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), titulares de pasaportes ordinarios emitidos por el país de su nacionalidad, por un plazo de hasta 90 días).
- Si viaja a Argentina para realizar actividades técnicas, científicas, artísticas, deportivas, religiosas, académicas o profesionales.
- Si desea radicarse en Argentina y es familiar directo de un ciudadano argentino.
- Si desea radicarse en Argentina como pensionista.
Para obtener información acerca de las diferentes categorías migratorias y los requisitos correspondientes, por favor escriba un correo a visas.croma@mrecic.gov.ar, siguiendo las indicaciones que figuran en el punto II.
ATENCIÓN: en ningún caso se puede visar a un ciudadano argentino, aunque presente pasaporte de otra nacionalidad.
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IV.- VISA DE ESTUDIOS – TIE 24 H
SE SUGIERE LEER ATENTAMENTE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA A CONTINUACIÓN PREVIO A INICIAR CUALQUIER SOLICITUD DE VISA.
Se recuerda que debe iniciar su solicitud de visa en el Consulado argentino correspondiente a su lugar de residencia. Verifique la jurisdicción aquí
Para realizar actividades académicas en la República Argentina por un plazo de hasta UN (1) año, además de la visa consular (presencial) existe la posibilidad de tramitar una visa digital TIE24H.
1. ¿Quiénes pueden tramitar la TIE 24 H?
Únicamente nacionales de países que no requieran visa para ingresar a la República Argentina en la categoría de turismo (¿Necesito visa?); y que deseen ingresar al país por un máximo de 12 meses con motivo de: estudios parciales; intercambio estudiantil; estudios de cursos no formales; intercambio cultural; voluntariados; pasantías y/o becas.
Atención: de requerir visa para ingresar a la Argentina como turista; y/o contar con un pasaporte distinto al ordinario; y/o si su estancia fuera superior a los 12 meses deberá escribir un correo electrónico a visas.croma@mrecic.gov.ar para que le informemos los pasos a seguir. En estos casos, NO INICIE TRÁMITE TIE 24 H.
2. ¿Cuáles son los plazos de tramitación?
La solicitud de visa puede iniciarse con un máximo de 90 días de antelación y un mínimo de 30 días con respecto a la fecha de inicio de curso que figura en la “Constancia de inscripción electrónica/precarga de datos” proporcionada por la Universidad/ institución argentina invitante: después de la fecha de inicio de curso la visa no será válida. Se recomienda prestar atención a este dato a la hora de reservar billetes de avión.
IV.1.- TIE 24 H -TRAMITACIÓN DE INGRESO ELECTRÓNICA
Se trata de un esquema de ingreso alternativo a las visas consulares transitorias (Decreto 285/2021 – reglamentación RESFC-2022-2-APN-MRE), que entró en vigor el 19 de mayo de 2022.
Solo pueden acceder a él nacionales de países exentos de visa por turismo.
Se tramita en una plataforma informática de la DNM, con intervención de autoridades consulares y migratorias:
Tramitación de Ingreso Electrónica- TIE24H
IV.1.i.-DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
Para iniciar el trámite, el solicitante deberá poseer la totalidad de la siguiente documentación:
1. Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible;
2. Una (1) fotografía actual 4x4 cm, de frente, a color, fondo blanco;
3. Constancia de inscripción electrónica/ Precarga Electrónica de Datos: es un documento proporcionado por la Universidad/ institución argentina invitante. La misma indica la categoría aplicable (ej.: intercambio estudiantil; estudiante internacional de movilidad; pasante; etc.), la fecha de inicio de curso y la duración de la estadía. Este documento NO ES LO MISMO que la carta de admisión a la Universidad ni que el RENURE de la Universidad/ institución argentina invitante;
4. Plan de estudios (debe reflejar únicamente las asignaturas que cursará en la Universidad argentina durante su estadía);
5. Únicamente cuando la Precarga de datos indique alguna de las siguientes categorías: “intercambio estudiantil/cultural; voluntariado; becario; o pasante” debe presentar Convenio internacional de intercambio o carta de aceptación de la institución argentina;
6. Acreditación de medios económicos suficientes para solventar la totalidad de la estadía y estudios presentando al menos una de las siguientes posibilidades:
a. Extracto bancario actual del recurrente, en el que sea visible el nombre del titular y el saldo.
b. Extracto bancario actual de los progenitores del recurrente, en el que sea visible el nombre del titular y el saldo + libro de familia para cotejar el vínculo;
c. Certificación de ser beneficiario de becas o ayudas económicas para realizar el intercambio.
ATENCIÓN: No se acepta, a este fin, declaración de las rentas o certificado de solvencia económica emitido por la autoridad bancaria.
7. Únicamente para estadías superiores a los 6 meses, Certificado de Antecedentes Penales APOSTILLADO, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años (Sólo exigible a solicitantes mayores de 16 años).
8. En el caso de estudiantes menores, deberán presentar autorización de sus padres y acreditar la designación de un representante legal en el Territorio Nacional.
MUY IMPORTANTE: Su solicitud TIE 24 H debe contener la TOTALIDAD de la documentación indicada. En caso que no se encuentre cargada TODA la documentación requerida, se extenderán los plazos de tramitación.
IV.1.ii.- PROCEDIMIENTO
FASE 1: “PRIMER PAGO Y CARGA DE DOCUMENTACIÓN”
El solicitante deberá:
- Realizar el primer pago correspondiente a la tasa migratoria (80 euros) en la página web de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
- Cargar la documentación en los apartados indicados en el sistema de la DNM conforme siguiente detalle:
i.- Pasaporte
ii.- Foto
iii.- TODA LA DOCUMENTACIÓN restante en un único archivo en formato PDF (en el apartado que comienza con "nota de solicitud (...)".
ESTA FASE SE REALIZA EN LA PLATAFORMA WEB DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, SIN INTERVENCIÓN DEL CONSULADO.
FASE 2: “SEGUNDO PAGO, VERIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y RESOLUCIÓN”
Una vez completada la primera parte, el solicitante deberá:
a. informar al Consulado que ha completado la primera fase, enviando un mail a: visas.croma@mrecic.gov.ar
b. realizar la segunda parte del pago correspondiente al arancel consular (80 euros), de acuerdo a las indicaciones que recibirá del Consulado en respuesta a su correo (punto a).
c. Remitir comprobante de pago al correo electrónico visas.croma@mrecic.gov.ar
Recibido el comprobante de pago, el Consulado procederá a verificar la documentación cargada:
a. De no cumplir con los requisitos, el Consulado le solicitará la documentación faltante, extendiéndose así los plazos de tramitación. Una vez completada, se elevará la solicitud a la DNM.
b. De no haber observaciones, el Consulado elevará la solicitud directamente a la DNM.
La resolución del trámite depende exclusivamente de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), quien notificará la misma directamente al solicitante mediante correo electrónico. Tenga en cuenta que la resolución NO es inmediata. EL CONSULADO NO INTERVIENE EN DICHA RESOLUCIÓN.
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V.- CARTA DE INVITACIÓN (TAD)
ACLARACIÓN IMPORTANTE PARA LAS VISAS QUE REQUIEREN CARTA DE INVITACIÓN
- Algunas categorías de visa requieren que el invitante en la República Argentina confeccione una carta de invitación. La misma sirve al sólo efecto de dar inicio al trámite de solicitud de visa y no garantiza, bajo ningún concepto, el otorgamiento del visado al extranjero.
- El invitante en la República Argentina podrá tramitar la carta de invitación de acuerdo con alguno de los siguientes procedimientos:
a) en formato papel legalizada por Escribano y Colegio de Escribanos;
b) en formato digital utilizando la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
Puede consultar los requisitos y modelos para tramitar la carta de invitación en los siguientes enlaces:
Invitación a extranjeros para turismo
IMPORTANTE: el invitado extranjero o su invitante deberá informar al Consulado al correo electrónico visas.croma@mrecic.gov.ar el Nº de Expediente Electrónico generado en el TAD o, en el caso de haber tramitado la carta en formato papel, adelantar una copia escaneada de la misma (el día de la cita se deberá presentar necesariamente la carta original debidamente legalizada).
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VI.- AUTORIZACIÓN DE VIAJE ELECTRÓNICA (AVE)
Se encuentra habilitada para los extranjeros nacionales de un conjunto determinado de países, y que posean una visa vigente categoría B2/ J / B1 / O / P (P1-P2-P3) / E / H-1B emitida por los Estados Unidos de América, la posibilidad de tramitar una "Autorización de Viaje Electrónica" (AVE), la que les permite ingresar a la República Argentina bajo la categoría "turista" sin necesidad de tramitar una visa consular.
Este trámite es realizado por el solicitante directamente en el sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) y sin intervención del Consulado. Debe tenerse en cuenta que el plazo de tramitación de una AVE es de mínimo veinte (20) días hábiles.
Los trámites de AVE y visa consular son independientes, por lo que tramitar uno no impide que el interesado pueda iniciar e incluso concluir el otro. siempre que cumplimente con los requisitos estipulados para cada tipo de trámite. En la misma línea, los extranjeros a los que, habiendo efectuado la solicitud de AVE, ésta les fuera denegada, podrán tramitar el visado consular ante una oficina consular argentina.
Para más información sobre la AVE, los países cuyos nacionales puede acceder a este trámite, las tasas involucradas y proceder a su solicitud, visite el siguiente enlace: DNM - AVE GLOBAL
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